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Por Agustín de Vicente

Ya está disponible web para acceder a solución de deuda histórica

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Los docentes tendrán hasta el 31 de diciembre de 2026 para hacer entrega de la información requerida en la plataforma.

Desde este lunes 31 de marzo se encuentra habilitada la plataforma web para que las y los profesores puedan realizar los trámites necesarios para obtener el pago del beneficio que da solución a la Deuda Histórica docente.

Este proceso estará habilitado para las y los profesores que se vieron afectados por este problema, independiente de su edad y de si se encuentran o no en la nómina de la que ya dispone el Ministerio de Educación con los docentes ya identificados como parte del traspaso a la educación municipal.

Los docentes tendrán hasta el 31 de diciembre de 2026 para hacer entrega de la información requerida en la plataforma.

Para definir las y los docentes que tendrán su pago el 2025, el Mineduc dispuso el 15 de junio de este año como fecha de corte. 

Lo anterior implica que las personas que entreguen sus antecedentes posterior a esa fecha no podrán optar al pago durante este año.

Es importante tener en cuenta que hacer el trámite dentro del plazo indicado no garantiza ser beneficiario durante 2025.

Los 15.560 cupos disponibles de este año se asignarán a las personas que cumplan los requisitos y que sean de mayor edad.

Sigue leyendo para saber cómo hacer el trámite.

Paso a paso para obtener el pago de la solución a la Deuda Histórica

Antes de comenzar el trámite para obtener el pago de la solución de la Deuda Histórica es necesario asegurarse de contar con la Clave Única que entrega el Registro Civil y un correo electrónico de acceso permanente al que el Mineduc enviará información sobre el avance del proceso.

Para llevar a cabo el trámite de obtención del pago de la solución a la Deuda Histórica se deben seguir los siguientes pasos:

  1. Ingresar con RUT y ClaveÚnica a través de la página de registro.
  2. Verificar que los datos personales mostrados sean los correctos y hacer clic en el botón “Siguiente”.
  3. Si la persona se encuentra en el Registro de Docentes Traspasados, se entregará información acerca del trámite (en caso de no estar en el registro, revisa la información que se encuentra más adelante en este artículo).
  4. Manifestar la voluntad de recibir el aporte, que solo puede ser realizada por el docente afectado.
  5. Aceptar la declaración jurada que indique no haber recibido el pago de la asignación que generó la deuda histórica.
  6. Aceptar la declaración jurada simple en que se indique la inexistencia de alguna demanda judicial en curso.
    • En el caso de existir un juicio o reclamación administrativa pendiente, podrá adjuntar la copia de solicitud de desistimiento al tribunal respectivo, pero el pago sólo se podrá realizar cuando obtenga del tribunal la certificación de que se encuentra firme y ejecutoriado el desistimiento total de las acciones, el que podrá presentar hasta la fecha de corte para la entrega de información que permita ser considerado en el último período de pago (15 de junio de 2030).
  7. Aceptar la declaración jurada de desistimiento de acciones judiciales futuras.

Las declaraciones tendrán un formato estándar y deberán ser aceptadas en la misma plataforma.

Las y los docentes recibirán un certificado de finalización de la solicitud una vez ingresados los antecedentes.

¿Qué documentos debo presentar si no estoy en el listado de docentes traspasados?

Las y los docentes afectados que no son parte del registro de docentes traspasados del Mineduc tendrán que cumplir con los trámites anteriormente mencionados.

Además será necesario subir a la plataforma los antecedentes que permitan determinar que fueron parte del proceso de traspaso de las escuelas públicas a la administración municipal, en el período 1980-1987. 

El Ministerio de Educación, de todos modos, revisará en todas estas postulaciones su registro histórico de funcionarios, para realizar esta determinación, por lo que contar con este tipo de antecedentes no es requisito para realizar esta postulación.

Plazos y cupos para el pago de la solución a la Deuda Histórica

Los docentes tendrán hasta el 31 de diciembre de 2026 para hacer entrega de la información requerida en la plataforma

  • Aportar su manifestación de voluntad
  • Presentar sus antecedentes
  • Suscribir las declaraciones juradas

Para el proceso de pago 2025, la fecha de corte para la entrega de los antecedentes requeridos es el 15 de junio de este año. 

Cupos disponibles para pago de solución a Deuda Histórica por año

Los cupos disponibles para pago de solución a la Deuda Histórica de profesoras y profesoras se distribuyen de la siguiente manera:

  • 2025: 15.560 cupos con pago de cuota 1 en octubre de 2025 y cuota 2 en enero de 2026.
  • 2026: 6.300 cupos con pago de cuota 1 en octubre de 2026 y cuota 2 en enero de 2027.
  • 2027: 6.000 cupos con pago de cuota 1 en octubre de 2027 y cuota 2 en enero de 2028.
  • 2028: 7.500 cupos con pago de cuota 1 en octubre de 2028 y cuota 2 en enero de 2029.
  • 2029: 6.800 cupos con pago de cuota 1 en octubre de 2029 y cuota 2 en enero de 2030.
  • 2030: 15.400 cupos con pago de cuota 1 en octubre de 2030 y cuotas 2 en enero de 2031.

Es importante recordar que el aporte será transmisible por causa de muerte si el o la docente fallece entre la fecha en que presente la totalidad de los antecedentes que permitan dar cuenta que cumple con todos los requisitos exigidos por la Ley para obtener el aporte y antes de percibirlo íntegramente.

Puedes resolver más dudas en la sección de preguntas frecuentes del sitio de la solución a la Deuda Histórica.

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