Noticias
Por Agustín de Vicente¿Cómo postular al Subsidio de Arriendo para Personas Mayores y Personas con Discapacidad?

Este subsidio permite cubrir entre un 90% y un 95% del valor del arriendo a las personas mayores de 60 años y personas mayores de 18 años con discapacidad que están dentro del 70% del RSH.
El Subsidio de Arriendo para Personas Mayores y Personas con Discapacidad es un beneficio estatal destinado a atender y mejorar las condiciones de vida de quienes se encuentren entre los grupos mencionados y cumplan con los requisitos.
Este subsidio permite cubrir entre un 90% y un 95% del valor del arriendo mensual, dependiendo del porcentaje del Registro Social de Hogares (RSH) de la persona que lo obtiene, quien deberá pagar solo entre el 5% y el 10% del arriendo.
EJEMPLO
Para un arriendo de $300 mil mensuales, el subsidio cubre entre $270 mil y $285 mil, por lo que el beneficiario deberá pagar entre $15 mil y $30 mil al mes.
Además, se considera el aporte de un monto único adicional de 1 UF para financiar los gastos para la formalización del contrato (certificado y gastos notariales).
Este 2025 se aumentaron los fondos para beneficiar a 8.500 personas mayores y, adicionalmente, a 1.000 personas con discapacidad, considerando 9.500 subsidios en total a nivel nacional.
Este año el subsidio considera una serie de medidas y flexibilidades especiales, tales como:
- No requerir acreditar ahorro mínimo
- Podrán postular personas solas
- No es necesario estar actualmente arrendando.
Además, aquellas personas que se encuentren postradas o no puedan concurrir personalmente y opten por la postulación presencial, desde este año podrán hacerlo a través de una persona representante mediante un poder simple.
Sigue leyendo para saber el plazo de postulación al subsidio de arriendo, cómo postular y más.
Fecha de postulación al Subsidio de Arriendo para Personas Mayores y Personas con Discapacidad
La fecha de postulación al Subsidio de Arriendo para Personas Mayores y Personas con Discapacidad es desde el 1 hasta el 30 de abril de 2025.
Este beneficio permite el pago del arriendo mensual por aproximadamente dos años.
En el caso de las personas mayores, el subsidio se renueva automáticamente, siempre que se mantenga vigente el contrato de arriendo.
¿Cómo postular al Subsidio de Arriendo para Personas Mayores y Personas con Discapacidad?
Existen dos alternativas para postular al Subsidio de Arriendo para Personas Mayores y Personas con Discapacidad: online y presencial.
Para postular en línea es necesario ingresar al sitio web dispuesto por el Minvu a través de la Clave Única.
En caso de postular de forma presencial, es necesario dirigirse a las oficinas regionales del Serviu y sus delegaciones provinciales.
Requisitos para postular al Subsidio de Arriendo para Personas Mayores y Personas con Discapacidad
Los requisitos para postular al Subsidio de Arriendo para Personas Mayores y Personas con Discapacidad son:
- Tener más de 60 años al momento de postular, cumplirlos durante este año calendario o personas mayores de 18 años con discapacidad acreditada en el Registro Nacional de la Discapacidad.
- Pertenecer hasta el 70% del RSH.
- Acreditar un ingreso mínimo de 5 UF ($194.000 pesos aproximadamente).
Además, es importante considerar que:
- No requiere contar con un ahorro mínimo.
- Se otorga puntaje adicional por edad y discapacidad.
- Se otorga puntaje adicional para quienes sean o tengan en su núcleo familiar a una “persona cuidadora” inscrita en el RSH.
- Pueden postular personas solas (sin núcleo familiar).
- No requiere estar actualmente arrendando una vivienda: pueden postular también personas que necesitan buscar una vivienda para arrendar.
- Montos del Subsidio de Arriendo
El valor mensual del arriendo no debe exceder las 11 UF ($427 mil pesos aproximadamente).
Para comunas de las siguientes siete regiones se permite un valor máximo de 13 UF ($504 mil aproximadamente):
- Arica y Parinacota
- Tarapacá
- Antofagasta
- Atacama
- Metropolitana
- Aysén
- Magallanes
Puntajes adicionales
Está contemplado un puntaje adicional para personas de acuerdo a las siguientes características:
- Por el tramo de edad en que se encuentra la persona mayor:
- 60-69 años: 20 puntos
- 70-79 años: 40 puntos
- 80-89 años: 60 puntos
- 90 y más años: 100 puntos
- Por integrantes personas mayores, con discapacidad o cuidadora en el núcleo familiar: por cada integrante que tenga 60 años o más, que estuviere inscrito en el Registro Nacional de Discapacidad o que sea persona cuidadora, se considera un puntaje adicional de 60 puntos.
COMENTA AQUÍ